Programa de instalación directa en pequeñas empresas

TÉRMINOS Y CONDICIONES

Definiciones

EMPRESA - La empresa de servicios públicos de FirstEnergy en Nueva Jersey, Jersey Central Power & Light Company.

PROGRAMA(S) - Los programas de la Compañía aprobados por la Junta de Servicios Públicos de Nueva Jersey para su implementación bajo la Ley de Energía Limpia de Nueva Jersey de 2018. Esta solicitud se relaciona con los programas comerciales que apoyan la eficiencia energética en las instalaciones de los clientes comerciales e industriales de la Compañía, incluidas las instalaciones municipales, gubernamentales e institucionales.

ADMINISTRADOR DEL PROGRAMA - La parte contratada por la Empresa para la gestión de los Programas.

MEDIDAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA - Cualquier equipo o acción que pueda recibir un pago de Incentivo en virtud de un Programa.

PARTICIPANTE(S) o CLIENTE(S) PARTICIPANTE(S) - Aquellos clientes minoristas no residenciales de servicio eléctrico elegibles de la Empresa que participan en un Programa.

INCENTIVO(S) DEL PROGRAMA - El incentivo monetario, el equipo o el servicio que un Programa proporciona a los clientes cualificados de la Empresa.

Admisibilidad

Participante o Participantes, tal y como se definen más arriba, y atendidos por la Empresa. Los clientes residenciales no pueden optar a los Incentivos del Programa a través de los Programas Comercial e Industrial. Los Incentivos del Programa se conceden únicamente a los Participantes, o a sus agentes asignados, para Medidas de Eficiencia Energética que se instalen en el Estado de Nueva Jersey en la ubicación identificada en esta Solicitud, y dichos Participantes son responsables del cumplimiento de estos Términos y Condiciones.

Conformidad

El participante es responsable de cumplir todas las leyes, normas y reglamentos aplicables, así como de respetar todos los códigos federales, estatales y locales.

Publicidad

Con el permiso por escrito del Participante, la Empresa podrá reconocer públicamente la participación del Participante en un Programa y divulgar información relativa a dicha participación, incluyendo, sin limitación, el ahorro energético proyectado del proyecto, el importe del incentivo y otros datos similares.

Proceso de solicitud y admisibilidad

Los Programas prevén el pago de incentivos tras la instalación de Medidas de Eficiencia Energética cualificadas y la revisión de la documentación final para comprobar el cumplimiento de los requisitos del Programa por parte del Administrador del Programa. Para poder optar a los Incentivos del Programa, el Participante o un agente (contratista/proveedor) autorizado por el Participante debe presentar una solicitud debidamente cumplimentada con la documentación justificativa necesaria antes de que pueda aceptarse una solicitud en el Programa. Si cumple los requisitos, el Participante recibirá una carta de oferta con el importe estimado del incentivo y la fecha límite en la que debe instalarse el equipo para que la aprobación siga vigente.

Una vez finalizada la instalación, el Participante deberá finalizar y volver a presentar la solicitud completa del equipo reflejando el proyecto «tal y como se construyó», junto con la(s) factura(s), la hoja de especificaciones del equipo del fabricante y cualquier otra documentación requerida que se especifique en la carta de oferta inicial del Programa o en los requisitos de elegibilidad del Programa. Las solicitudes deberán cumplimentarse de forma completa, veraz y precisa, e incluir las firmas del Participante y de sus agentes autorizados (según proceda). El pago del incentivo se basará en la documentación «as built» (tal y como se construyó) proporcionada con la solicitud final del proyecto.

Los proyectos finalizados (instalados) a partir del 1 de enero de 2025 que no hayan obtenido la aprobación del Programa podrán solicitar los Incentivos del Programa en un plazo máximo de noventa (90) días a partir de la fecha de finalización del proyecto. La finalización se define como la instalación y puesta en funcionamiento de todos los equipos.

Fechas del programa

Los Incentivos del Programa están disponibles para las Medidas de Eficiencia Energética elegibles para las cuales el equipo es comprado, instalado y operable a partir del 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2027.

Se requerirá prueba de compra fechada y documentación completa con la presentación de la solicitud final para que el Participante sea elegible para el pago del incentivo. Los Programas están sujetos a revisión o terminación en cualquier momento por parte de la Compañía.

Requisitos del programa de instalación

Los proyectos preaprobados recibirán cartas de aprobación en las que se definirán las condiciones de pago y la fecha de vencimiento del compromiso. Si el Participante: (1) no ha iniciado la instalación del proyecto preaprobado; y (2) no ha solicitado al Administrador del Programa una ampliación del proyecto en el plazo de noventa (90) días a partir de la fecha en que el Administrador del Programa preapruebe el proyecto, el Administrador del Programa podrá cancelar la solicitud del Participante sin responsabilidad alguna.

Prueba de compra aceptable

Las formas aceptables de prueba de compra incluyen facturas o recibos pagados. La documentación debe mostrar los números de artículo, las cantidades y las descripciones lo suficientemente detalladas como para verificar que el equipo instalado cumple los requisitos de eficiencia. Además, la documentación posterior a la instalación debe incluir las especificaciones del fabricante (es decir, hojas de corte) que enumeren los índices de eficiencia del equipo. El Administrador del Programa podrá, a su entera discreción, aceptar otras formas de prueba de compra.

Evaluación, medición y verificación

El Administrador del Programa puede, aunque no está obligado a ello, realizar una inspección de la instalación para verificar las condiciones previas y posteriores a la instalación o verificar la documentación antes del pago de los incentivos en cualquier momento tras la recepción de las solicitudes y hasta cinco (5) años después del pago de los incentivos.

Además, la Junta de Servicios Públicos de Nueva Jersey y la Empresa han contratado a contratistas de evaluación, medición y verificación ("EM&V") para evaluar el rendimiento del Programa, lo que puede implicar visitas adicionales. El solicitante debe facilitar un acceso razonable a la instalación, el equipo y la documentación y datos relacionados. La Empresa o sus agentes podrán instalar dispositivos de medición simples/estándar en los equipos con fines de recopilación de datos, medición y verificación del Programa. La Empresa y sus agentes no están obligados a pagar ningún incentivo hasta que la Empresa haya realizado una verificación satisfactoria posterior a la instalación, a menos que la Empresa haya renunciado a este requisito. Si el Administrador del Programa determina que el equipo no se instaló de manera coherente con la solicitud aprobada, o si se instaló un equipo no apto, el Administrador del Programa podrá exigir cambios antes de realizar el pago del incentivo. Si no se puede localizar el equipo calificado en las instalaciones del Participante o no se instala de manera coherente con estos Términos y Condiciones, la Empresa puede solicitar la recuperación de cualquier incentivo pagado.

Asignación

El Participante podrá ceder los Incentivos del Programa a un tercero o terceros especificados.

Certificación del cliente participante

El Participante certifica que ha adquirido e instalado los equipos que figuran en su solicitud en la ubicación de Nueva Jersey que se indica en la misma. El Participante acepta que toda la información es verdadera y que ha cumplido con todos los requisitos, términos y condiciones de elegibilidad del Programa.

Importes de los incentivos del programa

Los Incentivos del Programa serán iguales al menor de los siguientes importes, según determine el Administrador del Programa: (a) el importe indicado en la oferta; (b) el importe del ahorro verificado utilizando el protocolo EM&V desarrollado para el proyecto; o (c) el importe máximo del Incentivo del Programa sujeto a las limitaciones del Programa definidas por éste. Si el proyecto se completa después de que la aprobación haya caducado, el importe del Incentivo del Programa puede estar sujeto a cambios en función de la disponibilidad de fondos y de los porcentajes de incentivo vigentes en ese momento. Permita noventa (90) días hábiles para la entrega del Incentivo del Programa. Si una solicitud requiere una inspección posterior a la instalación, o si se produce un alto volumen imprevisto de actividades de presentación de solicitudes, es posible que se necesite más tiempo para procesar los Incentivos del Programa. Si en la solicitud falta información o ésta es incorrecta, la tramitación y la entrega del incentivo del programa no se producirán hasta que toda la información requerida sea correcta y esté completa.

Impuestos

El Participante protegerá, indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a la Empresa y a sus empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, agentes, contratistas, empleados, funcionarios y directores de y contra todas las responsabilidades, pérdidas, reclamaciones por muerte o lesiones u otros daños, sentencias, sanciones, causas de acción, costos y gastos (incluyendo, sin limitación, honorarios y gastos de abogados) incurridos por la Empresa o sus empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, agentes, contratistas, empleados, funcionarios y directores, o evaluados en su contra, que se deriven o estén relacionados con la ejecución de esta Solicitud o que se deriven o estén relacionados con la instalación, el uso y el mantenimiento del equipo, los diseños, las prácticas o los métodos involucrados en el proyecto del Participante.

En ningún caso ninguna de las partes indemnizadas será responsable por daños punitivos, ejemplares, especiales, indirectos, incidentales o consecuentes (incluyendo, pero no limitado a, pérdida de beneficios, pérdida de oportunidades de negocio, pérdida de uso o tiempo de inactividad del equipo, y pérdida o corrupción de datos) que surjan de o estén relacionados con este Acuerdo o Programa, independientemente de la teoría legal bajo la cual se busquen dichos daños.

Indemnización y límites de responsabilidad

Los Incentivos del Programa recibidos por el Participante en virtud de esta Solicitud pueden estar sujetos a impuestos federales, estatales y locales. El Participante es responsable de declarar y pagar todos esos impuestos. La Empresa no tendrá responsabilidad ni obligación alguna por ningún impuesto.

Garantías

La Empresa y sus empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, agentes, contratistas, empleados, funcionarios y directores no ofrecen ninguna garantía expresa o implícita con respecto al rendimiento del equipo instalado, la calidad del trabajo de cualquier contratista, o que el equipo dará lugar a cualquier ahorro de energía o de costes.

LA EMPRESA Y SUS EMPRESAS MATRICES, SUBSIDIARIAS, FILIALES, AGENTES, CONTRATISTAS, EMPLEADOS, DIRECTIVOS Y DIRECTORES NO RESPALDAN, GARANTIZAN NI AVALAN A NINGÚN FABRICANTE O PRODUCTO EN PARTICULAR, Y NO PROPORCIONAN NINGUNA GARANTÍA, EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUIDA CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD O GARANTÍA IMPLÍCITA DE IDONEIDAD PARA CUALQUIER PRODUCTO O SERVICIO. LA EMPRESA Y SUS EMPRESAS MATRICES, SUBSIDIARIAS, FILIALES, AGENTES, CONTRATISTAS, EMPLEADOS, DIRECTIVOS Y DIRECTORES NO SON RESPONSABLES DE NINGÚN ACTO U OMISIÓN DE NINGÚN CONTRATISTA (SI LO HUBIERA). LAS GARANTÍAS DEL CLIENTE SE LIMITAN A CUALQUIER GARANTÍA QUE PUEDAN PROPORCIONAR LOS CONTRATISTAS, VENDEDORES O FABRICANTES DE EQUIPOS. NI LA EMPRESA NI SUS EMPRESAS MATRICES, SUBSIDIARIAS, FILIALES, AGENTES, CONTRATISTAS, EMPLEADOS, DIRECTIVOS Y DIRECTORES SON RESPONSABLES DE ASEGURAR QUE EL DISEÑO, LA INGENIERÍA Y LA CONSTRUCCIÓN DE LA INSTALACIÓN O LA INSTALACIÓN DEL EQUIPO SEAN ADECUADOS O CUMPLAN CON NINGUNA LEY, CÓDIGO O NORMA INDUSTRIAL EN PARTICULAR. LA EMPRESA Y SUS EMPRESAS MATRICES, SUBSIDIARIAS, FILIALES, AGENTES, CONTRATISTAS, EMPLEADOS, DIRECTIVOS Y DIRECTORES NO REALIZAN DECLARACIONES DE NINGÚN TIPO SOBRE LOS RESULTADOS QUE SE OBTENDRÁN CON LAS MEDIDAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA NI SOBRE LA IDONEIDAD O SEGURIDAD DE DICHAS MEDIDAS.

Reciclaje (eliminación adecuada de residuos)

La Empresa y sus empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, agentes, contratistas, empleados, funcionarios y directores no son responsables de la eliminación o reciclaje de ningún residuo generado como resultado de la participación en los Programas.

Aprobación (producto/proveedor)

La Empresa y sus empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, agentes, contratistas, empleados, funcionarios y directores no respaldan a ningún proveedor de mercado, fabricante, producto, mano de obra o diseño de sistema en particular al ofrecer los Programas.

Terminación

Los Incentivos del Programa están disponibles para Medidas de Eficiencia Energética por orden de llegada y sujetos a la disponibilidad de fondos. La disponibilidad del Programa, las condiciones del Programa y la elegibilidad de los equipos pueden cambiar sin previo aviso a discreción de la Empresa.

La presentación de cualquier solicitud no da lugar a ninguna obligación de realizar ningún pago de Incentivos del Programa por parte de la Empresa y sus empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, agentes, contratistas, empleados, funcionarios y directores.

Si tiene más preguntas sobre el Programa de puesta a punto de edificios que ofrece la empresa de servicios públicos FirstEnergy de Nueva Jersey, póngase en contacto con: